Peaje para propulsiones alternativas

Preguntas y respuestas

  • A partir del 1 de enero de 2024, los camiones equipados de fábrica con sistemas de propulsión de CNG (Compressed Natural Gas) o LNG (Liquefied Natural Gas) de la categoría según las emisiones Euro 6 quedarán sujetos al pago de peaje.

  • Los vehículos de emisión cero, como vehículos eléctricos y vehículos con un motor de combustión de hidrógeno, así como los vehículos con una pila de combustible de hidrógeno quedan exentos de peaje hasta finales de 2025. Los vehículos con estos sistemas de propulsión y una MMTA igual o inferior a 4,25 toneladas, quedan exentos de peaje de forma permanente.

  • Los vehículos de emisión cero quedan exentos del pago del peaje, de momento, hasta el 31 de diciembre de 2025.

    En el período posterior, estos vehículos solo pagarán una subtarifa de peaje un 75 por ciento rebajada por los gastos de infraestructura y las subtarifas de peaje por costes externos por contaminación del aire y contaminación acústica.

    En estos momentos, cabe esperar que la subtarifa de peaje por costes externos de las emisiones de CO2 será de 0 en el caso de los vehículos de emisión cero.

    Los vehículos libres de emisiones con una MMTA inferior o igual a 4,25 toneladas quedan exentos de peajes de forma permanente.

  • Según la directiva de gravámenes a vehículos de la UE o el Reglamento VECTO, actualmente los combustibles neutros en cuanto a CO2 no influyen en las emisiones específicas de CO2 ni en la clase por emisiones de CO2. (VECTO = Vehicle Energy Consumption Calculation Tool)

  • Se considera de emisión cero cualquier vehículo pesado sin motor de combustión, así como los vehículos con motor de combustión cuyas emisiones sean inferiores a 1 gCO₂/kWh o inferiores a gCO₂/km (Reglamento [UE] 2019/1242).

    El Buscador de clases de emisiones de CO₂ permite indicar tipos de combustible/fuentes de energía de emisión cero, por ejemplo, para los vehículos puramente eléctricos o los vehículos con propulsión de hidrógeno.